Desde hace años que se viene escuchando que los copropietarios en un condominio de edificios vienen pagando un doble seguro sobre su propiedad, el primero dado por el banco en razón del crédito hipotecario, el segundo el que obliga por ley a los administradores a tomar a favor de los espacios comunes.

Esta apreciación no tan sólo viene de los copropietarios sino también de algunos administradores de edificios que se han dado cuenta del problema y que hoy están colocando el tema en la palestra.

Nuestros asesores en materias de seguros, hicieron el estudio a solicitud de CGAI y el resultado expuesto en los comentarios y en un ejercicio nos permiten sacar una lectura que, sí; probablemente se mal entienda lo del “doble” seguro y es pertinente que alguien salga a explicar definitivamente si existe o no esta superposición de dos seguros.

Sería muy conveniente que la Superintendencia de Seguros se pronunciara sobre el particular, también haciendo participe a los bancos, al MINVU y por cierto a los copropietarios.

Hagamos un ejercicio

Si hubiera un siniestro, por ejemplo un incendio en un departamento, como los dos de la última semana ¿Cuál de los dos seguros concurriría a cubrir primero?¿El del banco o el tomado por el administrador? o ¿Ambos cubrirían?

Muchos copropietarios y administradores desconocen cómo operan las compañías liquidadoras de siniestros una vez ocurrido los hechos. ¿A quién se le paga primero? ¿Al banco o la comunidad?

Esta situación que se encuentra en el ambiente,  no ha sido advertida aun claramente por el mercado y felizmente, sin difusión entre los millones de deudores hipotecarios, pero esto podría tener una solución.

En rigor, estos dos seguros se podrían convertir en solo uno y pagarse obviamente una sola prima.

Para esto se requiere al menos dos cosas:

1.-  Que los Administradores asuman claramente su responsabilidad cuidando el o los bienes que administran contratando el seguro correspondiente al Condominio (Edificio) y…

2.- Reglamentar adecuadamente el Art. 36 de la Ley entregando las competencias necesarias para ello a los Administradores.

Si estamos de acuerdo en el punto 1.- solo tendremos que sentarnos a esperar que esto reviente en los medios de prensa y redes sociales.    Este tema afecta a miles de deudores hipotecarios y en tiempos de estreches económica dejar de pagar una prima será muy conveniente, pero tal vez fatal.

Nosotros creemos que después de habernos reunidos con administradores, copropietarios y autoridades y haberlos escuchados a todos, la solución debe venir por adecuar el reglamento de la ley de copropiedad en relación a esto, por lo tanto es el MINVU en conjunto con la Superintendencia de Seguros, a nuestro entender, los que deben tomar cartas en el asunto y salir al mercado a aclararles a los copropietarios y administradores esta sensación del pago de dos seguros, o repetimos la superposición de dos seguros.

Ponemos a disposición el cuadro explicativo, hecho por nuestro asesor, sobre tres tipos de seguros relativos a una copropiedad y su cuantificación de sus efectos con casos prácticos.

CGAI

Fuente y colaboración: Hugo Vásquez,  Asesor en tema de Seguros.